En el siguiente enlace puede descargar el decreto en formato PDF:
VISTA:
– La solicitud presentada por el Pbro. Osvaldo Torres párroco de Parroquia Virgen del Carmen de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción. –
CONSIDERANDO:
- La necesaria colaboración de los Consejos de Pastoral y de Asuntos Económicos para el gobierno de la parroquia;
- Lo establecido en el artículo 1 del Decreto Nº 1372/2001 que dice: “En todas las Parroquias y Cuasi Parroquias de la Arquidiócesis de Asunción deberán constituirse obligatoriamente, el Consejo de Pastoral y Consejo de Asuntos Económicos”.
- La disponibilidad y la aceptación de los candidatos;
EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN
DECRETA
Art. 1º Nombrar miembros del Consejo de Asuntos Económicos de la Parroquia Virgen del Carmen, de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción, a las siguientes personas:
Presidente: Pbro. Osvaldo Torres
Coordinadores: Flavio Larrea y Myrian Leiva
Sub Coordinadores: Manuel Gómez de la Fuente y Alicia Fernández
Secretaria: Venancia Acosta
Tesoreros: Rogelio Jara y Margarita Ventura
Miembros: Aldo Fanego y Carmen de Fanego
René Gómez y Rosa de Gómez
Julián Ovelar y Cristina Ramos de Ovelar
Diego Ramírez y Esperanza Galeano de Ramírez
Carlos Arévalos y Carmen de Arévalos
Francisco Rodríguez y Ma. Ninfa Gómez de Rodríguez
Francisco Vera y Ma. Cristina Domínguez de Vera
Gustavo Castro y Lorenza González de Castro
Genaro Coronel y Verónica Ayala
Rubén Ramírez y Martha Iglesia
Máximo Rotela
Gabriel Cabrera
María Mercedes Valdez
Aurora Villamayor
Juan Carlos Toffoletti
Juan Ramón Lezcano Chávez
Art. 2º Nombrar miembros del Consejo Pastoral de la Parroquia Virgen del Carmen, de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción, a las siguientes personas:
Presidente: Pbro. Osvaldo Torres
Coordinador: Gustavo Andrés Maíz
Sub Coordinador: Osvaldo Fuster
Secretaria: Jovita de Gómez
Miembros: Gilberto Zagaz
Alberto Insfran
Andrés Sanabria
Diácono Carlos Candia
Diácono Mario Leguizamón
José Godoy
Favio Larrea
Art. 3º Todos los nombrados trabajarán bajo la orientación del Párroco, por un periodo de dos años a partir de la fecha.
Art. 4º Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
Dado en nuestra sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil veintiuno. –
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