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DECRETO N° 87/2020

VISTO:
– La solicitud presentada por el Pe. Gibson Sobreiro, pjc, responsable Fundador de la
Fraternidad de los Pobres de Jesucristo;
CONSIDERANDO:
– Lo que establece el Código de Derecho Canónico en el Canon 298 §1: “Existen en la
Iglesia asociaciones distintas … en las que los fieles, clérigos o laicos, o clérigos junto
con laicos, trabajando unidos, buscan fomentar una vida más perfecta, o realizar
otras actividades de apostolado …”
– Lo que establece el Código de Derecho Canónico en el Canon 301 §1 que dice:
“Corresponde exclusivamente a la autoridad eclesiástica competente el erigir
asociaciones de fieles que se propongan transmitir la doctrina cristiana en nombre de
la Iglesia, o promover el culto público, o que persigan otros fines reservados por su
misma naturaleza a la autoridad eclesiástica. Y el Canon 305 §2: “…están bajo la
vigilancia del ordinario del lugar las asociaciones diocesanas, así como también las
otras asociaciones en la medida en que trabajan en la diócesis”.
EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN, EN USO DE

SUS ATRIBUCIONES, DECRETA:

Art. 1° RENOVAR el reconocimiento a la Asociación Pública de Fieles “Fraternidade dos
Pobres do Jesus Cristo” (Fraternidade Missionária o Camino) en la Arquidiócesis de la
Santísima Asunción, por el periodo de cinco años a partir de la fecha.
Art. 2° AUTORIZAR a esta Asociación Pública de fieles a regirse por sus propios estatutos,
debidamente aprobados por la autoridad competente, y conforme a las normas del Derecho
Canónico para el ejercicio de su misión.
Art. 3° COMUNICAR a quien corresponda y cumplido, archivar.
Dado en nuestra sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los doce días del mes de
noviembre del año 2020.