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047 Decreto Vicario Episcopal para la Pastoral VIcario Pastoral

VISTO:

  • La reorganización de los cargos pastorales de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.

CONSIDERANDO:

  • Lo establecido en el Código de Derecho Canónico que en el canon 476 dice: “Cuando así lo requiera el buen gobierno de la diócesis, el Obispo diocesano puede también nombrar uno o más Vicarios episcopales, que, a o en una determinada circunscripción de la diócesis, o para ciertos asuntos o respecto a los fieles de un mismo rito o para un grupo concreto de personas, tienen la misma potestad ordinaria que por derecho universal compete al Vicario General, conforme a la norma de los cánones”.

 

  • La disponibilidad del candidato para asumir el cargo y oído el parecer del Consejo de Curia.

El Arzobispo Metropolitano de la Santísima Asunción, en uso de sus atribuciones, Decreta:

Art. 1° Nómbrase al Pbro. Óscar Román González Cañiza, Vicario Episcopal para la Pastoral de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.

Art. 2° El nombrado cumplirá sus funciones en comunión con los lineamientos pastorales de la Arquidiócesis y a tenor de los cánones 479-480 y 511-514 del Código de Derecho Canónico.

Art. 3° El nombrado tomará posesión del cargo en una Celebración Eucarística ante el Arzobispo o su delegado, con la lectura de este Decreto, la profesión de Fe y el juramento de fidelidad.

Art. 4° Agradézcase al Pbro. Martín Ortiz, quien prestará este servicio a la Arquidiócesis de la Santísima Asunción hasta la toma de posesión del nuevo Vicario Pastoral.

Art. 5°  Comuníquese a quien corresponda, y cumplido archívese.

Dado en Nuestra Sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los doce días del mes de junio del año del Señor, dos mil diecinueve