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89 Decreto de zonas episcopales y Decanatos

DECRETO N° 89/2017
21/12/17

Por el que se reorganizan las Zonas Episcopales y los decanatos en la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.

VISTO:

– La necesidad de reorganizar las Zonas Episcopales para la atención Pastoral y la  reorganización de los Decanatos de la Arquidiócesis de  la Santísima Asunción.

 CONSIDERANDO:

  • La diócesis es una porción del pueblo de Dios cuyo cuidado pastoral se encomienda al Obispo con la cooperación del presbiterio, de manera que, unida a su pastor y congregada por él en el Espíritu Santo mediante el Evangelio y la Eucaristía constituya una Iglesia particular, en la cual verdaderamente está presente y actúa la Iglesia de Cristo una, santa, católica y apostólica. (can 369)
  • Que el Obispo diocesano debe cuidar de que se coordinen debidamente todos los asuntos que se refieren a la administración de toda la diócesis, y de que se ordenen del modo más eficaz al bien de la porción del pueblo de Dios que le está encomendada. (can 473 §1)
  • y oído al Consejo Presbiteral y al Consejo de Curia;

 

El Arzobispo Metropolitano de la Santísima Asunción,
en uso de sus atribuciones,
Decreta

Art. 1°  Créase las siguientes Vicarías Episcopales:

  • Vicaría Episcopal Zona Centro: cuya sede será el Seminario Metropolitano en la Capellanía “Ntra. Sra. de la Asunción”. Y formarán parte de esta zona todas las parroquias que se encuentran en el municipio de la Ciudad de Asunción.
  • Vicaría Episcopal Zona Norte: cuya sede será el Santuario “Ntra. Sra. del Rosario”, Luque. Formarán parte de esta zona todas las parroquias establecidas dentro de los municipios de la ciudad de Limpio, Mariano Roque Alonso, Luque y Areguá.
  • Vicaría Episcopal Zona Sur: cuya sede será la parroquia “Ntra. Señor del Rosario”, Lambaré. Comprenderán las parroquias establecidas dentro de los municipios de la ciudad de Lambaré, de Fernando de la Mora y de Villa Elisa.

Art. 2° el Decanato I estará conformado por las siguientes parroquias:

Catedral Metropolitana.

San Roque.

Ntra. Sra. de la Encarnación.

San José.

San Francisco de Asís.

Virgen de las Mercedes.

Santa María Goretti.

Espíritu Santo.

Santuario Santísimo Sacramento y Perpetuo Socorro.

 

Art. 3° el Decanato II estará conformado por las siguientes parroquias:

Inmaculada Concepción.

San Roque González S.

Cristo Rey.

María Auxiliadora.

San Antonio de Padua.

Santa Cruz.

San Felipe y Santiago.

Ntra. Sra. del Rosario.

Virgen de Fátima.

Penitenciaria Virgen de las Mercedes.

Art. 4° el Decanato III estará conformado por las siguientes parroquias:

Nuestra Señora del Rosario, Lambaré.

San Baltazar.

Santo Domingo de Guzmán.

San Juan María Vianney.

Niño Jesús.

Virgen María Reina.

Cuasi parroquia Virgen de las Mercedes.

Ntra. Sra. de los Milagros, Caacupemí.

Santa Rosa de Lima.

San Juan Bautista.

San Charbel.

Art. 5° el Decanato IV estará conformado por las siguientes parroquias:

Santuario Perpetuo Socorro.

San Miguel Arcángel.

San Vicente.

Santa Teresita Niño Jesús.

Virgen de los Dolores.

San Alfonso.

Santa Ana.

Santísimo Redentor.

San Gerardo.

Cristo Solidario.

San Pedro y San Pablo, Republicano.

 

Art. 6° el Decanato V estará conformado por las siguientes parroquias:

Virgen de Nazareth.

San Pedro y San Pablo, Barrio River.

San Juan Bautista.

Virgen del Carmen.

Capellanía Nuestra Señora de la Asunción.

Divino Espíritu.

San Juan Nam.

Sagrado Corazón de Jesús.


Art. 7°
el Decanato VI estará conformado por las siguientes parroquias:

Virgen del Carmen.

San Miguel Arcángel.

Medalla Milagrosa.

Santa Catalina de Siena.

San Sebastián.

San Pío X.

Art. 8° el Decanato VII estará conformado por las siguientes parroquias:

Santísima Trinidad.

San Blas.

San Agustín.

La Piedad.

Medalla Milagrosa, Zeballos Cué.

Ntra. Señora de Fátima.

Sagrada Familia.

Salvador del Mundo.

San Francisco de Asís, complejo habitacional.

Art. 9° el Decanato VIII estará conformado por las siguientes parroquias:

San Cristóbal.

Virgen del Pilar.

Natividad de Santa María.

San Rafael.

San Miguel Arcángel.

Niño Jesús de Praga.

San Pablo Apóstol.

Santa Elena.

Art. 10° el Decanato IX estará conformado por las siguientes parroquias:

Nuestra Señora del Rosario.

Cuasi Parroquia Cristo Rey.

Cuasi Parroquia Ñandejara Kurusu.

Cuasi Parroquia San Rafael Arcángel.

Cuasi Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro.

Cuasi Parroquia San Ramón Nonato.

Santa Librada.

Virgen de las Mercedes.

Ntra. Sra. de la Candelaria.

Cuasi Parroquia San Antonio.


Art. 11°
el Decanato X estará conformado por las siguientes parroquias:

San José, Limpio.

Virgen de las Mercedes.

Cuasi Parroquia María Auxiliadora.

San Julián.

Cuasi Parroquia San Jerónimo.

San Isidro Labrador.

Sagrado Corazón de Jesús.

Ñandejara Guazú.

Sagrada Familia.

 

Art. 12° el Decanato XI estará conformado por las siguientes parroquias:

Santísimo Sacramento.

Sagrados Corazones.

Sagrado Corazón de Jesús.

San José Obrero.

Virgen de Fátima, Recoleta.

Personal de la Salud San Pío di Pietrelcina.

Niño Salvador del Mundo.


Art. 13°
Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y cumplido archívese.

Dado en nuestra Sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a veintiún días del mes de diciembre, del año del Señor, dos mil diecisiete.