DECRETO N° 122/2025

31/12/2025

POR EL QUE SE NOMBRA AL REV. P. PIERGIORGIO SANTAGIULIANA, PSSC, PÁRROCO “AD TEMPUS” Y AL REV. P. LUIS CARLOS ALARCÓN FRANCO, PSSC, VICARIO PARROQUIAL DE LA PARROQUIA VIRGEN DE LAS
MERCEDES DE RINCÓN-LIMPIO DEL DECANATO X, JURISDICCIÓN DE LA ARQUIDIÓCESIS DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN.

VISTA:
La solicitud del Rev. P. Rolando Luis Duris, Superior General de la Comunidad de La
Pía Sociedad San Cayetano, y;

CONSIDERANDO:
Que el Rev. P. Piergiorgio Santagiuliana, pssc y el Rev. P. Luís Carlos Alarcón Franco,
pssc, reúnen las condiciones requeridas para el oficio según el cc. 521 y 548 CIC;

HABIENDO:
Sido presentados por su Superior, en virtud del c. 682 § 1 CIC;

EN VIRTUD:
Del c. 381 § 1 CIC;

EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA:
Art.1° Nombrar al REV. P. PIERGIORGIO SANTAGIULIANA, PSSC, Párroco “ad tempus” y
el REV. P. LUÍS CARLOS ALARCÓN FRANCO, PSSC, Vicario Parroquial de la
Parroquia Virgen de las Mercedes de Rincón- Limpio, del Decanato X, jurisdicción
de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción;Art. 2° Disponer que los antes nombrados tomen posesión en una celebración presidida
por el Ordinario del Lugar o su Delegado. En el Templo Parroquial, ante quien, a
tenor del c. 833, CIC; emitirán la Profesión de Fe y según la costumbre en esta
Arquidiócesis, realizarán la promesa de desempeñar fielmente el oficio
encomendado;
Art. 3° Para la remoción del oficio se procederá a tenor del c. 682 § 2 CIC. Cualquiera de
las dos, Obispo o Superior pueden removerlos (cc. 1740-1742 § 2; 1752 CIC)
advirtiendo al otro, pero sin que se requiera el consentimiento del otro.
Art. 4° Comuníquese a quienes corresponda y cumplido, archívese.
Dado en nuestra sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los treinta yyumdi deARTIN mes de diciembre del año Jubilar dos mil veinticinco.

                                     + Adalberto Card. Martínez Flores

  Arzobispo Metropolitano de Asunción

 

Pbro. Aldo Bernal Chena 

                 Canciller

 

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