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DECRETO N° 036/2021

VISTA:

– La solicitud presentada por el Fray Cristino Vera. O.P. párroco de la Parroquia de la Santa Cruz de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.

CONSIDERANDO:  

  • La necesaria colaboración de los Consejos de Pastoral y de Asuntos Económicos para el gobierno de la parroquia;
  • Lo establecido en el artículo 1 del Decreto Nº 1372/2001 que dice: “En todas las Parroquias y Cuasi Parroquias de la Arquidiócesis de Asunción deberán constituirse obligatoriamente, el Consejo de Pastoral y Consejo de Asuntos Económicos”.
  • La disponibilidad y la aceptación de los candidatos;

EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN

DECRETA

Art. 1º   Nombrar miembros del Consejo de Asuntos Económicos de la Parroquia de la Santa Cruz, de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción, a las siguientes personas:

Presidente:            Fray Cristino Vera, O.P. (Párroco)

Vice Presidente:                    Sr. Carlos Roberto de Oliveira Ortiz

Miembros:                             Sr. Horacio Feliciángeli

Sra. Corazón Gómez

Sra. Antonia Martínez de Melgarejo

Art. 2º   Nombrar miembros del Consejo Pastoral de la Parroquia de la Santa Cruz, de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción, a las siguientes personas:

Presidente:            Fray Cristino Vera, O.P. (Párroco)

Vice Presidenta:                    Sra. María del Pilar Postigo (Delegada Laico)

Secretaria:                              Sra. Margarita Ortellado de Escobar

Miembros                              Sr. Carlos Roberto de Oliveira

Hna. Eva Teles da Silva

Sra. Andrea María Heisecke de Valinotti

Sra. Irma de Valdez

Sra. Rosana Mabel Ferreira Fernández

Sra. María Selva Rolón

Sra. Lina Schaerer

Sra. Ma. Dorotea Cardozo Vda. De Melgarejo

Sra. Asunción Insaurralde de Noguera

Sra. Corazón Gómez

Sra. Susana Ortiz de Oliveira y Sr. Nilton de Oliveira Ortiz

Sr. Julián Britez

Sr. Cristhian Maciel

Sr. Francisco de Oliveira

Sr. Pedro Florentín

Srita. Nunilda Brizuela

Sra. Flavia Saccarello

Art. 3º   Todos los nombrados trabajarán bajo la orientación del Párroco, por un periodo de dos años a partir de la fecha.

Art. 4º   Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

Dado en nuestra sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los tres días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. –