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Decreto N° 079/2020

VISTO:

  • La solicitud presentada por el Pbro. Marcial Soto; el nulla osta del Obispo de la Diócesis de Coronel Oviedo, Mons. Juan Bautista Gavilán, y;

CONSIDERANDO:

  • Lo establecido en el canon 269 que dice: El Obispo diocesano no debe proceder a la incardinación de un clérigo a no ser que: § 1 lo requiera la necesidad o utilidad de su Iglesia particular, y queden a salvo las prescripciones del derecho que se refieren a la honesta sustentación de los clérigos; § 2 le conste por documento legítimo que ha sido concedida la excardinación y haya obtenido además, si es necesario bajo secreto, los informes convenientes del Obispo diocesano que concede la excardinación, acerca de la vida, conducta y estudios del clérigo del que se trate; 3 el clérigo haya declarado por escrito al mismo Obispo diocesano que desea quedar adscrito al servicio de la nueva Iglesia particular, conforme a derecho.
  • El cumplimiento de los requisitos exigidos,
  • Oído el parecer del Consejo Presbiteral y el Consejo de Curia;

EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN

DECRETA

Art. 1º   PROVEER la Incardinación del Pbro. Marcial Soto a la Arquidiócesis de la Santísima Asunción. –

Art. 2º   ESTABLECER que el mismo, por este acto asume todos los derechos y obligaciones de

               los Presbíteros incardinados en la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.

Art. 3º   DISPONER que el Pbro. Marcial Soto, continuará en el cargo que ejerce actualmente, el cual se rige por los términos del nombramiento respectivo.

Art. 4°   COMUNICAR a quienes corresponda, y cumplido, archivar.

Dado en nuestra Sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil veinte. –