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Decreto N° 10/2020

VISTA: – La solicitud presentada por el Rdo. Padre Osvaldo Milciades Caniza scj, cura párroco de la Parroquia San José, del Decanato I, de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.-

CONSIDERANDO:

– Que, “los laicos que sean considerados idóneos tienen capacidad de ser incorporados por los sagrados Pastores en aquellos oficios eclesiásticos y funciones que pueden asumir según las prescripciones del derecho” (Canon 228 § 1).

– Que, “es ministro extraordinario de la sagrada comunión el acólito así como otro fiel designado a tenor del can. 230, § 3” (Canon 910 § 2).

– Que, “donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirlos en algunas de sus funciones, es decir, ejercer el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúrgicas, administrar el bautismo y distribuir la sagrada Comunión, según las prescripciones del derecho” (Canon 230 § 3).

– La preparación, disponibilidad y aceptación de los candidatos propuestos;

 

EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN

                                                  DECRETA

 

Art. 1º   Nombrar MINISTROS EXTRAORDINARIOS DE LA SAGRADA COMUNIÓN al servicio de la Parroquia San José, del Decanato I, a las siguientes personas:

Martha Elizabeth González de Peña

María Magdalena Acosta Da Costa

Susana Romero Arza

Liliana Delgado de Figueredo

Celsa Medina de Llano

Geissa Alviso de Guex

Martha Beatriz Bonini López

María del Carmen León

Miguel Ángel Bravard Moreno

Carmiña González Vicioso de Bravard

María Belén Rodríguez de Torres

Ismael Torres

Stella Ginés

Julia Burgos Vda. de Sánchez

Carlos Franco

Teresa Antonelli de Heisecke

María Engracia Ayala

Rosa María Macchi

Ana María Rodríguez de Pederzani

Héctor Raul Sosa Pozzo

Olga D. Sotelo de Sosa

Estela Zaldivar de Ruíz

Margarita Gatti de Pfannl

Ana Rosa Sallustro

Armindo Riquelme

Beatriz Stollmaier

Heddy Carolina Alegre Alonso

Verónica Moreno de Insfrán

María Mercedes Alonso de Zapag

Sabadino Acosta Alvarenga

Art. 2º   Este nombramiento tiene una duración de dos años a partir de la fecha.

Art. 3º  Los nombrados trabajarán ejerciendo el Ministerio de la Sagrada Comunión en

las celebraciones litúrgicas y con enfermos en los hogares o internados en los sanatorios: Migone, San Roque, La Costa y Emergencias Médicas.-

Art. 4º   Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archívese.

 

Dado en nuestra Sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil veinte. –