DECRETO N° 013/2023
25/01/2023
POR EL QUE SE NOMBRA ADMINISTRADOR GENERAL DE LA ARQUIDIÓCESIS DE ASUNCIÓN AL ECONOMISTA ALBERTO FABIO BARRETO CASTRO.
VISTO:
- La necesidad de nombrar a un nuevo Administrador General en la Arquidiócesis de Asunción.
CONSIDERANDO:
- Que el Obispo, en lo que respecta a su propia diócesis, sobre los bienes de la diócesis, ejerce todo el derecho que se le otorga al titular de la persona jurídica legítimamente erigida (cc. 373; 393 CIC) tiene la plena responsabilidad, también administrativa, de la diócesis que le ha sido confiada (c. 381 CIC)
- Que el Obispo es el responsable de la administración de los bienes de la diócesis, y se ayuda de la competencia de otras figuras en los casos previstos por el derecho, determina las líneas-guía para la revisión de los balances y rendimientos de cuentas, precisa la finalidad y la orientación del campo financiero.
- La idoneidad y experiencia del candidato y la aceptación del mismo conforme a los cánones 1281-1287.1; 1288 -1289 CIC;
- En virtud de los cánones 48; 51-52; 381; 470; 156-157; 473 CIC;
EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE ASUNCIÓN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, DECRETA:
Art. 1º Nombrar Administrador General de la Arquidiócesis de Asunción al Economista Alberto Fabio Barreto Castro.
Art. 2º Determinar que las funciones del Administrador General serán:
- Administrar los bienes de la Arquidiócesis, bajo las indicaciones y la autoridad del Arzobispo y el Ecónomo.
- Analizar y supervisar los distintos proyectos de organismos internos e instituciones que dependen del Arzobispado de Asunción.
- Realizar el seguimiento permanente de los proyectos a nombre del Arzobispado de Asunción, así como velar y verificar la correcta utilización de los recursos financieros de los mismos.
- Optimizar los recursos de la administración para el logro de la eficiencia y eficacia operativa. Analizar los contratos suscriptos por la Institución con los proveedores de bienes y servicios, así como contratos de alquileres y usufructos.
- Autorizar, guiar, supervisar y controlar los procesos de adquisición y contratación de bienes y servicios con las distintas áreas, emprendimientos generadores de ingresos para la Institución y todos los proyectos ejecutados desde la misma.
- Efectuar la adquisición de bienes y servicios, insumos y equipamientos conforme al presupuesto general aprobado para cada ejercicio.
- Coordinar e implementar procedimientos administrativos y contables, con todos los proyectos generados desde el Arzobispado de Asunción.
- Establecer y velar mecanismos de comunicación con las diferentes áreas de la Institución.
- Orientar y asistir el departamento de RRHH (Gestión de Talento Humano) en la contratación de personas, liquidación de haberes, reconocimiento de beneficios establecidos por ley, otros.
- Elaborar el anteproyecto del presupuesto para el Arzobispado de Asunción en coordinación con las demás áreas de la Institución y presentar al Ecónomo y este a su vez al Consejo de Asuntos Económicos.
- Velar por el cumplimiento del Presupuesto General aprobado y controlar la ejecución del mismo.
- Verificar y hacer cumplir que los cheques bancarios, así como las transferencias electrónicas de cuentas a nombre del Arzobispado de Asunción, utilizados para el desenvolvimiento ordinario de la Institución, estén bajo la firma y/o autorización conjunta a dos, cualesquiera, pudiendo ser : el Arzobispo, el Ecónomo, un miembro del Consejo Económico, el Administrador General.
- Planificar la disponibilidad de fondos, así como supervisar los compromisos financieros asumidos.
- Firmar órdenes de pago y otros instrumentos de pagos como cheques bancarios, así como autorizar transferencias entre cuentas en la Fundación del Clero y cuentas de bancos, en todos los casos con la firma conjunta de a dos cualesquiera, del Arzobispo, el Ecónomo, o un miembro del Consejo Económico con firma autorizada en la Fundación del Clero o en Bancos de plaza.
Art. 3º Establecer que el mismo tomará posesión del cargo a tenor del c. 471 CIC, el 25 de enero de 2023 y la duración del mismo será por un periodo de tres años a partir de la publicación de este decreto.
Art. 4° Comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.
Dado en Nuestra Sede Metropolitana de Asunción, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil veintitrés.
+ Adalberto Card. Martínez Flores
Arzobispo Metropolitano de Asunción
Pbro. Reinaldo Roa Servín
Canciller
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