En el siguiente enlace puede descargar el decreto en formato PDF:

DECRETO N° 034/2021

VISTA:

– La solicitud presentada por el Pbro. Marcial Soto Mendoza, cura Párroco, solicitando el nombramiento de Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión, al servicio de la Parroquia Santo Domingo de Guzmán de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción. –

CONSIDERANDO:

– Que, “los laicos que sean considerados idóneos tienen capacidad de ser incorporados por los sagrados Pastores en aquellos oficios eclesiásticos y funciones que pueden asumir según las prescripciones del derecho” (Canon 228 § 1).

– Que, “es ministro extraordinario de la sagrada comunión el acólito así como otro fiel designado a tenor del can. 230, § 3” (Canon 910 § 2).

– Que, “donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirlos en algunas de sus funciones, es decir, ejercer el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúrgicas, administrar el bautismo y distribuir la sagrada Comunión, según las prescripciones del derecho” (Canon 230 § 3).

– La preparación, disponibilidad y aceptación de los candidatos propuestos;

EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN

                                                  DECRETA

Art. 1º     Nombrar Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión   al servicio de la Parroquia Santo Domingo de Guzmán de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción, a las siguientes personas:

ALBA BAEZ ZARZA

ALFREDO FRETES SOSA

NORMA DIONISIA BARRETO DE VERGARA

JUSTINA NELLY ORTIZ DE LOPEZ

FATIMA LORENA IRALA DE AMARILLA

ALBERTO SANABRIA

RAMONA MORAL DE GUERRERO

EVA PATIÑO DE MELGAREJO

FRANCISCO BENITO VERGARA MUÑOZ

TERESA NANCY BURGOS DE DUARTE

EDITVULGA JARA DE SANABRIA

JUANA ISABEL BOCCIA DE BUFOLARI

OLGA QUIÑONEZ DE GALEANO

FABIO ANDRES LOPEZ ORTIZ

JOSEFA ORTIZ DE PORTILLO

CARMEN SALDIVAR OZUNA

LIMPIA GIMENEZ DE AMARILLA

MARIANA SALINAS VDA. DE TORRES

Art. 2º   Establecer la duración de dos años a partir de la fecha.

Art. 3º   Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

Dado en nuestra Sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los tres días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. –