VISTO:

  • La necesidad de renovar el cuadro de miembros del Consejo de Asuntos Económicos en la Arquidiócesis de Asunción, en vista a la reorganización de los cargos en la Curia Arquidiocesana.

CONSIDERANDO:

  • Lo establecido en el canon 492 § 1 que dice: “En cada diócesis ha de constituirse un consejo de asuntos económicos, presidido por el Obispo diocesano o su delegado, que consta al menos de tres fieles designados por el Obispo, que sean verdaderamente expertos en materia económica y en derecho civil, y de probada integridad”.
  • el § 2 que dice: “Los miembros del consejo de asuntos económicos se nombran para un período de cinco años, pero, transcurrido ese tiempo, puede renovarse el nombramiento para otros quinquenios”.
  • y, el canon 493 que dice: “Además de las funciones que se le encomiendan en el Libro V De los bienes temporales de la Iglesia, compete al consejo de asuntos económicos, de acuerdo con las indicaciones recibidas del Obispo, hacer cada año el presupuesto de ingresos y gastos para todo el régimen de la diócesis en el año entrante, así como aprobar las cuentas de ingresos y gastos a fin de año”.
  • La disponibilidad y aceptación de los candidatos propuestos;

 EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE ASUNCIÓN, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, DECRETA

Art. 1°                        Nombrar a los miembros del Consejo de Asuntos Económicos de la Arquidiócesis de Asunción para el periodo 2022 – 2027 a las siguientes personas:

Pbro. Mg. Richard F. Noguera

Lic. Antonio Britez Balzani (MBA)

Lic Juan Luis Ferreira (MDE)

María Cristina Semidei

Lic Cristian Heisecke Velázquez

Lic. Daniel Marti

Lic. Delfin Guimaraes Larrea

Econ. Pedro B. Mancuello Pérez

Lic. Carlos Zapata Miranda

Abg. Adolfo Vallejos Morales

Art. 2º            Formará parte de este Consejo el Abg. Juan Carlos Romero, asesor jurídico de la Arquidiócesis a fin de ejercer la función exclusiva de secretario de actas.

Art. 3º            Establecer que los nombrados ejercerán la función según lo prescripto en el Código de Derecho Canónico y disposiciones emanadas de acuerdo a necesidad.

Art. 4°             Comunicar a quien corresponda y cumplido, archivar.

Dado en nuestra Sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a cinco días del mes de julio del año dos mil veintidós.-