En el siguiente enlace puede descargar el decreto en formato PDF:
VISTA: – La solicitud presentada por el Rdo. Padre Osvaldo Milciades Caniza scj, cura párroco de la Parroquia San José, del Decanato I, de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.-
CONSIDERANDO:
– Que, “los laicos que sean considerados idóneos tienen capacidad de ser incorporados por los sagrados Pastores en aquellos oficios eclesiásticos y funciones que pueden asumir según las prescripciones del derecho” (Canon 228 § 1).
– Que, “es ministro extraordinario de la sagrada comunión el acólito así como otro fiel designado a tenor del can. 230, § 3” (Canon 910 § 2).
– Que, “donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirlos en algunas de sus funciones, es decir, ejercer el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúrgicas, administrar el bautismo y distribuir la sagrada Comunión, según las prescripciones del derecho” (Canon 230 § 3).
– La preparación, disponibilidad y aceptación de los candidatos propuestos;
EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN
DECRETA
Art. 1º Nombrar MINISTROS EXTRAORDINARIOS DE LA SAGRADA COMUNIÓN al servicio de la Parroquia San José, del Decanato I, a las siguientes personas:
Martha Elizabeth González de Peña
María Magdalena Acosta Da Costa
Susana Romero Arza
Liliana Delgado de Figueredo
Celsa Medina de Llano
Geissa Alviso de Guex
Martha Beatriz Bonini López
María del Carmen León
Miguel Ángel Bravard Moreno
Carmiña González Vicioso de Bravard
María Belén Rodríguez de Torres
Ismael Torres
Stella Ginés
Julia Burgos Vda. de Sánchez
Carlos Franco
Teresa Antonelli de Heisecke
María Engracia Ayala
Rosa María Macchi
Ana María Rodríguez de Pederzani
Héctor Raul Sosa Pozzo
Olga D. Sotelo de Sosa
Estela Zaldivar de Ruíz
Margarita Gatti de Pfannl
Ana Rosa Sallustro
Armindo Riquelme
Beatriz Stollmaier
Heddy Carolina Alegre Alonso
Verónica Moreno de Insfrán
María Mercedes Alonso de Zapag
Sabadino Acosta Alvarenga
Art. 2º Este nombramiento tiene una duración de dos años a partir de la fecha.
Art. 3º Los nombrados trabajarán ejerciendo el Ministerio de la Sagrada Comunión en
las celebraciones litúrgicas y con enfermos en los hogares o internados en los sanatorios: Migone, San Roque, La Costa y Emergencias Médicas.-
Art. 4º Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archívese.
Dado en nuestra Sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil veinte. –
Relacionados
- Actividades y Misas
- Campañas
- Carta Pastoral
- Catedral Metropolitana
- Catequesis
- Causa Monseñor Juan Sinforiano Bogarín
- Comunicación
- Comunicados
- Comunidades Eclesiales de Base
- Congreso Eucarístico 2017
- Congreso Eucarístico Arquidiocesano
- Decretos y Resoluciones
- Destacada
- Diaconado Permanente
- Educación
- Educación y cultura Católica
- El Evangelio de Hoy
- Evangelio en casa día a día
- Familia y Vida
- Familias
- Historia
- Homilías
- Instituto Superior San Roque González de Santa Cruz
- Juventud
- La Iglesia en Misión
- Liturgia
- Mes Misionero Extraordinario
- Movimientos Laicos
- Noticias del país y el mundo
- Orientaciones Pastorales
- Parroquias
- Pastoral de la vida
- Pastoral Social Arquidiocesana
- Santoral del día
- Semanario Encuentro
- Sin categoría
- Sínodo
- VISITA PAPAL
- Vocaciones y ministerios