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DECRETO N° 102/2020

VISTO:
– La solicitud realizada por Mons. Edmundo Valenzuela Mellid, Arzobispo
Metropolitano de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción y;
– El decreto N° 097/2020, por el que se determinan los traslados de Párrocos en la
Arquidiócesis de la Santísima Asunción.
CONSIDERANDO:
– Lo que establece los cánones 1276, 1277, y 1279 del C.C. y las Normas
Administrativas de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción, que en su Capítulo
IV, “de las Parroquias “, numeral 4, segundo párrafo, donde establece: “El Párroco
saliente debe haber entregado a la Curia Arquidiocesana información detallada sobre
el estado de la administración de los bienes patrimoniales, en forma paralela a una
auditoría interna de gestión. Realizando el corte administrativo y solucionado toda
cuestión pendiente, el nuevo Párroco asume en propiedad sus funciones”.
EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN,

DECRETA:

Art. 1° Autorizar el Corte Administrativo de las siguientes Parroquias:
– Parroquia María Reina, Decanato III.
– Parroquia Santo Domingo de Guzmán, Decanato III.
– Parroquia Santa María de la Merced de la ciudad de Lambaré, Decanato III.
– Parroquia San Juan María Vianney, Decanato III.
– Parroquia San Miguel Arcángel, Decanato VIII.
– Parroquia Virgen de la Merced de la ciudad de Areguá, Decanato IX.
Art. 2° Nombrar a las siguientes personas como interventores para los cortes administrativos
a ser realizados:
– Lic. Eladio Ortega Auditor interno de la Arquidiócesis.
– Abg. Juan Carlos Romero – Asesor Jurídico de la Arquidiócesis.
Art. 3° Comunicar a quienes corresponda, publicar y cumplido archivar.
Dado en nuestra sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los treinta días del mes de
diciembre del año dos mil veinte. –