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DECRETO N° 017/2021

VISTA:

  • La aprobación Ad Experimentum del Organigrama de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.
  • La creación de las áreas pastorales: Comunicación, Vida Cristiana y Comunión, Misión y Espiritualidad, Vocaciones y Ministerios, Educación Católica y Desarrollo Integral.
  • La necesidad de designar Coordinadores/as para la ejecución de las tareas y el funcionamiento de la Unidad de Comunicación Pastoral de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción.

CONSIDERANDO:

  • Que la potestad ordinaria corresponde al Obispo Diocesano, y éste delega dicha autoridad para el ejercicio de una misión particular, tanto a clérigos como a fieles laicos, para que los mismos, ocupando los cargos confiados a ellos, se desempeñen bajo la dirección y supervisión y autoridad del Ordinario.
  • Que conforme el Código de Derecho Canónico que en el canon 228 establece: “§ 1. Los laicos que sean considerados idóneos tienen capacidad de ser llamados por los sagrados Pastores para aquellos oficios eclesiásticos y encargos que pueden cumplir según las prescripciones del derecho.
  • 2. Los laicos que se distinguen por su ciencia, prudencia e integridad tienen capacidad para ayudar como peritos y consejeros a los Pastores de la Iglesia, también formando parte de consejos, conforme a la norma del derecho”.
  • Lo dispuesto en el Reglamento Interno de Trabajo del Arzobispado de Asunción, aprobado por Decreto 064/2013 del 17 de septiembre de 2013 en su artículo 4.6 y 4.7 del Personal Dependiente y Voluntario, respectivamente.

–    La disponibilidad y la aceptación de los candidatos;

EL ARZOBISPO METROPOLITANO DE LA SANTÍSIMA ASUNCIÓN

DECRETA

Art. 1°   Nombrar Coordinadores/as de las Áreas Pastorales de la Arquidiócesis de la Santísima Asunción a:

  1. Jessica Luján Benítez Pintos – Comunicación
  2. Antonio Sosa Sosa – Vida Cristiana y Comunión
  3. Cecilia Ávalos – Misión y Espiritualidad
  4. Adolfo Gumercindo Acosta Cano – Vocaciones y Ministerios
  5. Luis Marcelo Cubilla – Educación Católica
  6. María Magdalena Martínez y Gloria Mercedes Yegros de Ayala – Desarrollo Integral

 

Art. 2° Establecer que los mismos tomarán posesión del cargo a partir de la publicación de este decreto y la vigencia del mismo será por un periodo de dos años.

Art. 3°   Forman también parte de esta Unidad de Información Pastoral, los responsables de: Administración, Recursos Humanos, Asesoría Jurídica y la Secretaría General

Art. 4°   Ordenar que los/as Coordinadores/as deberán recabar, sistematizar y comunicar las actividades realizadas por los departamentos y dependencias que componen sus respectivas áreas y participar activamente de las reuniones de la Unidad de Información Pastoral.

Art. 5° Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

Dado en nuestra sede Metropolitana de la Santísima Asunción, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. –